¿Hay un daño por agua, cómo gestionarlo?
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En caso de daño por agua, es primordial contactar en primer lugar con su seguro de Propiedad No Ocupada (PNO). En virtud del convenio de seguro I.R.S.I, el contrato de seguro del inquilino no se aplicará en esta situación. Es su aseguradora la que hará cargo de abrir el expediente en nombre de las otras aseguradoras, ya que se trata de un alquiler amueblado. También será usted quien deba realizar las reparaciones. Por otra parte, no está previsto un alojamiento alternativo para los inquilinos a través del seguro multirriesgo del hogar (MRH) del inquilino.
